El 7 de mayo de 2005, se publicó en el B.Lo.Y la Resolución del 29 de Marzo de 2005, de la Dirección General de Catastro, por la que se aprueba el régimen de establecimiento y funcionamiento de los Puntos de Información Catastral
PIC: Punto de Información CatastralEl 7 de mayo de 2005, se publicó en el B.Lo.Y la Resolución del 29 de Marzo de 2005, de la Dirección General de Catastro, por la que se aprueba el régimen de establecimiento y funcionamiento de los Puntos de Información Catastral.
Ayuntamiento de Esgos obtuvo autorización para instalación de un PIC asumiendo el papel de intermediador en el ejercicio del derecho de acceso a la información catastral del ciudadano, lo que se le podrá suministrar toda la información que sobre el mismo exista en la base de datos nacional del Catastro.
Este servicio es totalmente gratuito para los vecinos del Ayuntamiento de Esgos.
Pode solicitarse en la Casa del Ayuntamiento: Plaza de la Souteira, s/n. 32720. Esgos
La base de datos contiene información literal y cartográfica y actualizarase dacordo con el resultado de los procesos de actualización catastral realizados en las xerencias del Catastro.
Los servicios los que se pode acceder desde lo PIC son los siguientes:
El art. 51 del texto refundir de la Ley del Catastro Inmobiliario considera como datos protegidos:
Lanas entidades gestoras de él PIC deben salvaguardar lana privacidad de los datos catastrales protegidos de conformidad con lana Ley Orgánica de él Protección de Datos de Carácter Personal (Ley Orgánica 15/1999, de 13 de Diciembre).
Los titulares catastrales que dispongan de certificado dixital podrán consultar los certificados catastrales de los bienes inmobles de los que sean titulares.
Datos no protegidos
Cualquier persona pode acceder los datos catastrais no protegidos a través de la página web de catastro http://www.catastro.meh.eres
Datos protegidos
Comunidad de bienes
En el caso de comunidades de propietarios, el presidente de la comunidad es quien ostenta la representación de la misma. El cargo deberá acreditarse mediante copia del acte de la Junta de propietarios en la que había sido nombrado. El administrador de la comunidad de propietarios podrá solicitar el certificado siempre que tenga autorización del presidente de la comunidad.
Herencias
Los erdeiros todavía no son titulares catastrais, por lo que no pueden solicitar certificados de bienes inmobles del causante a través del PIC. Tienen interés legítimo y directo según el artículo 53 del texto refundir de la Ley del Catastro, pero éé a xerencia el órgano competente para reconocer este interés y consecuentemente el certificado será expedir exclusivamente por la Xerencia.
Deberán pues, acudir la xerencia aportando la siguiente documentación:
En el caso de solicitar la información una persona distinta del erdeiro, deberá aportar la documentación anterior con una autorización del erdeiro y el DNI. [ descargar modelo de autorización ]
Casa del Ayuntamiento: Plaza de la Souteira, sn. 32720. Esgos.
Tlfno: 988 29 00 00
Ayuntamiento de Esgos Plaza de la Souteira s/n, 32720 Esgos (Ourense) Telf. 988290000 Fax: 988290006 info@concelloesgos.com
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